
Conflictos internacionales como el de Ucrania o más recientemente Irán afectan de forma notable al negocio del transporte de líquidos alimentarios mediante la escalada de precios de los carburantes y las materias primas.
Tal y como ha documentado UETR, las empresas de logística y transporte estamos expuestos en primera línea de la crisis energética a soportar de forma directa e inmediata los sobrecostes derivados de la subida repentina de los carburantes. Además, nos encontramos con dificultades para trasladar con la misma rapidez estos costes a los servicios que estamos realizando, bien por la existencia de contratos marco aprobados o bien por la disparidad entre transportistas a la hora de aplicar estas subidas a las tarifas.
Ante este escenario, la UETR reclama la adopción urgente de medidas de apoyo a nivel nacional y europeo como pueden ser:
- Ayudas financieras directas para empresas de transporte
- Condiciones de acceso simplificadas para las pymes
- Mecanismos eficaces de transmisión de costes en la cadena logística
El pasado día de 16 de abril, entró en vigor el decreto ley que blinda la obligación de revisar el precio del transporte conforme a las variaciones del combustible. Así, esta ley blinda la obligación de que el precio del transporte se actualice únicamente con la fórmula para repercutir el precio del gasóleo. Es una exigencia que ya existe desde 2022, pero el nuevo decreto elimina la posibilidad de que los contratos recojan otra forma de actualizar el precio.
Tal y como se venía haciendo, esta actualización debe hacerse cuando la variación del gasóleo sea igual o superior al 5% entre el día de celebración del contrato y el momento de realizarse el transporte y deberá desglosarse en la factura de servicio.
El incumplimiento de esta nueva norma puede acarrear multas a los cargadores que van desde los 401€ a los 6.000€ pudiendo llegar a los 18.000€ en caso de reincidencia en menos de un año.
La variación del precio de transporte contratado es el resultado de multiplicar el índice de variación del gasóleo entre la semana en se firmó el contrato y la semana en la que se realizó el porte (este porcentaje lo facilita la web del Ministerio), por el precio del transporte establecido en el contrato, por un coeficiente (que veremos a continuación). Y todo el producto de esa multiplicación hay que dividirlo entre 100.
El coeficiente por el que habrá que multiplicar el precio del transporte y la variación del gasóleo, dependen de la MMA del vehículo y el precio del gasóleo antes de impuestos. En cualquier caso se indica en la web del Ministerio.
En Rios Sangiao, como no puede ser de otra manera, nos acogemos a la legislación vigente y aplicamos dicha fórmula en todos los servicios que operamos actualmente haciendo que el precio de nuestros transportes de líquidos alimentarios sean lo más justos posible para todas las partes.
Confiamos en que pronto podamos volver a una estabilidad en los precios de los carburantes y por supuesto que los conflictos bélicos que están generando estas pérdidas para zonas económicas como la nuestra, cesen cuanto antes.



Esto ha sido obra de Sr. Concejo

